Leslie Méndez, farmaceuta adscrita a la Dirección Regional de Salud Ambiental y Contraloría Sanitaria, expresó que las nuevas disposiciones sobre la receta médica son las mismas que ya están establecidas en la legislación venezolana sobre el acto de dispensación de medicamentos, pero que nunca se han cumplido.
“Esto contribuirá a disminuir la automedicación, y por ende, sus consecuentes efectos adversos. La dificultad que se presentará será en el aumento del tiempo de consulta, porque el médico deberá colocar en detalle lo recetado”, aseveró Méndez.
Entiende la situación que se presentará sobre todo en los hospitales, porque las horas de contratación de los médicos son pocas, y ahora podrán atender menos pacientes por el hecho del tiempo que tardarán en elaborar el récipe como dispone la nueva disposición.
Sin embargo, la Contraloría Sanitaria, como órgano que debe cumplir con los lineamientos emanados por el Ministerio Popular para la Salud, realizará talleres de formación y asesoría a los farmaceutas para aclarar dudas sobre la disposición en gaceta oficial. Asimismo, al momento de su entrada en vigencia, deberán vigilar su cumplimiento.
Los usuarios pueden encontrar en Internet la lista de los 172 productos que están libres de prescripción facultativa. Los demás deben ser recetados por un médico.
Once requisitos
“Son 11 requisitos que deben colocarse en el récipe, y una de las prohibiciones es utilizar papelería alusiva a alguna marca comercial o laboratorio”, detalló.
Leslie Méndez mencionó que no se eliminan los visitadores médicos, y de hecho reiteró que el médico tiene la posibilidad de colocar en el récipe dos nombres comerciales, como lo establece la propia gaceta.
La receta debe contener el nombre, apellido, cédula, número de registro sanitario del establecimiento de salud, tanto impreso como sellado.
Del paciente debe contener el nombre y apellido, cédula y fecha de nacimiento.
“Es más útil colocar la edad, pero la gaceta establece la fecha de nacimiento”, precisó Méndez.
El principio activo del fármaco debe estar en primer lugar, con la concentración, dosis, forma farmaceútica o vía de aplicación, duración del tratamiento.
“Es retomar lo que hemos estudiado cuando en la universidad nos enseñaron a hacer los récipes”, refirió Isis Fernández, directora regional de Saneamiento Ambiental y Contraloría Sanitaria del estado Lara.
También llevará el lugar, fecha de emisión y de expiración del tratamiento o receta médica; junto con la firma y sello del facultativo. Adicionalmente, el médico podrá colocar alguna advertencia que considere necesaria para el farmaceuta. Por ejemplo: favor no sustituir “x” medicamento porque su calidad, eficacia y dosis ha sido probada.
“Esto sucede principalmente con los pacientes cardiovasculares”, precisó la farmaceuta Leslie Méndez.
Nueva reforma: doble récipe
La gaceta oficial fue modificada, un punto que deben tomar en cuenta principalmente los farmaceutas.
Cuando la receta médica contenga varios medicamentos y la persona no tenga el dinero para comprarlos todos, o simplemente no los encuentra en su totalidad en un solo establecimiento -como suele suceder en la actualidad- debe colocar un sello sobre el fármaco dispensado que diga la cantidad y fecha de venta.
Además, en la farmacia deben quedarse con una copia para archivar, por lo cual, según Leslie Méndez, el médico podría utilizar papel carbón para entregarle dos récipes al paciente.