La Gaceta Oficial número 40.133 publicada este viernes contempla la restricción y prohibición de ventas de bebidas alcohólicas en el país durante el asueto de Semana Santa.
Según el decreto 081 del Ministerio de Interior y Justicia los días 24,28,29 y 30 queda prohibida, la distribución expendio y consumo de bebidas alcohólicas. Mientras que la venta, distribución y consumo en distribuidores, licorerías, supermercados y afines, que comprende los días 22, 23, 25, 26, 27, 30 de marzo y 1º de abril estará permitida desde las 11:00 am hasta las 6:00 pm.
Durante esos días, los restaurantes, discotecas y espectáculos públicos podrán ofrecer bebidas alcohólicas desde las 12:00 del mediodía hasta las 12:00 de la noche.