Las personas naturales mayores de edad residenciadas en el país podrán realizar depósitos en efectivo por hasta 2.000 dólares estadounidenses mensuales o su equivalente en otras monedas extranjeras, con la reforma parcial de la resolución número 13-02-01, que autoriza las cuentas en divisas en el país, la cual fue publicada este viernes en la Gaceta Oficial número 40.133, del 21 de marzo y que circuló este viernes.
Esta resolución también amplía las formas en que pueden ser utilizadas estas cuentas en divisas por parte de las empresas públicas o privadas que estén residenciadas en el país.
En este sentido, autoriza a Petróleo de Venezuela (Pdvsa) y empresas filiales para que pague en divisas a personas jurídicas domiciliadas en el país el componente externo de sus contrataciones por intermedio de las referidas cuentas.
“Pdvsa y sus empresas filiales informarán al BCV mensualmente y por escrito sobre el uso y destino de los pagos”, agrega la resolución.
Establece que Pdvsa y sus empresas filiales podrán mantener los fondos en divisas que administra en estas cuentas en moneda extranjera en el sistema bancario nacional.
También permite a las empresas mixtas en los sectores de hidrocarburos, gas y petroquímica mantener cuentas en divisas en el país provenientes de su actividad comercial y por financiamientos recibidos, con el fin de realizar los pagos que deban realizar en divisas para cumplir con impuestos y contribuciones establecidas en la Ley o para pagar dividendos y distribuciones que deban realizar en divisas.