Mediante una resolución conjunta de los ministerios de Relaciones Interiores y Justicia y de la Defensa, se suspende el Permiso de Porte y Tenencia de Armas de Fuego en todo el territorio nacional, a fin de mantener el orden interno y normal desenvolvimiento en los actos póstumos, con ocasión del lamentable fallecimiento del Comandante Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías.
La resolución Nº 074 establece la medida de manera temporal, desde el día miércoles seis de marzo a las 06:00 horas, hasta el día 12 de marzo del corriente año a las 00:00 horas.
Es importante destacar que en la aplicación de esta resolución, quedan excluidos los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), los efectivos de los cuerpos policiales que estén prestando servicios, los funcionarios de organismos de seguridad ciudadana y demás instituciones de resguardo del Estado.
El personal que cumpla labores de custodia y traslado de dinero en las empresas de transporte de valores, así como también aquellos adscritos a entes, instituciones u organismos públicos nacionales y sedes diplomáticas que estén cumpliendo funciones específicas, deben estar debidamente autorizadas por el Comando Estratégico Operacional (CEO) y la Dirección General de Armas y Explosivos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Estas medidas fueron tomadas para garantizar el resguardo de la integridad física del pueblo venezolano y de los líderes políticos, presidentes y otras personalidades internacionales en los actos póstumos que se realizarán en el país.