Falta de celeridad procesal alimenta el hacinamiento carcelario

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Más allá de la justificación que tengan las acciones llevadas a cabo en el Centro Penitenciario de Centroccidente, conocido como Uribana, en la necesidad del Estado venezolano de retomar el control de la cárceles, se critica el enfoque que se da a estas acciones por encima de la necesidad de resolver los problemas de fondo del sistema penitenciario, entre los cuales siempre destaca el retardo procesal.

Para el abogado penalista, Pedro Troconis, el problema en Uribana no lo genera la acción del Grupo de Respuesta Inmediata y Custodia del Ministerio de Servicios Penitenciarios, ya que el dominio de la cárcel lo tienen los reclusos, sin embargo, ello se debe a una crisis de hacinamiento. Una situación que demuestra la amarga realidad advertida por organizaciones como Una Ventana a la Libertad, donde se registra que al menos 85% de la población penal aún se encuentra en proceso judicial sin sentencia firme.

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A esta situación se suma el reclamo que los privados de libertad hacen sobre el acentuado retardo en la atención de sus casos por parte de los tribunales, no sólo en el estado Lara sino en el resto del país, que lamentablemente se complica con la decisión de reubicar a más del 90% de la población penal sacada de Uribana. Algunos en instalaciones tan lejanas como la Cárcel de El Dorado, en Nueva Esparta.

“¿Cómo pretende ahora tratarse el tema del retardo procesal si los internos que están en el penal no eran atendidos con prontitud por los tribunales?”, se pregunta el especialista, quien además resalta los problemas para el traslado que ahora enfrentarán los privados de libertad.

El problema que se extiende a otras cárceles es visto por el abogado como una consecuencia de la falta de previsión sobre las consecuencias de la requisa, sobre todo cuando parecían haberse superado los problemas de traslado de las personas a los tribunales, aunque estos no fueran atendidos por el Poder Judicial.

Este panorama hace impostergable el tratamiento de la celeridad judicial como verdadera solución al problema de sobrepoblación o hacinamiento en las cárceles, que para Troconis existe por una combinación entre la falta de decisión de los tribunales, así como de la exageración en el dictamen de medidas privativas libertad y la limitación las autoridades de ver al delito como una acción que sólo debe ser castigada en lugar de prevenirla también.

“¿Cómo será cuando toque traer a alguien por 24 horas en carretera y no se le atienda en los tribunales? La gravedad del problema no está en implosionar penales, desocuparlos o construir más, sino en crear un Poder Judicial autónomo e independiente, que decida si las medidas privativas proceden o no proceden. Esa es la verdadera deuda con todas las personas sometidas a proceso judicial”.

Como muestra del problema, el especialista se refiere al traslado de seiscientos internos de Uribana al Internado Judicial de San Felipe, cuya estructura fue diseñada para albergar a unos seiscientos presos, pero que ahora tiene una población que sobrepasa de dos mil, gracias a la llegada de los presos de Lara.

Autoridades deben reflexionar

Para Marianela Sánchez, coordinadora del Área Judicial del Observatorio Venezolano de Prisiones, el hecho de que las requisas sean procedimientos establecidos en el marco legal venezolano y sean necesarias para garantizar el control de las cárceles, hace que también estas deban cumplirse dentro de los parámetros establecidos y en el marco del respeto a la dignidad humana de los reclusos.

Por ello, la activista considera que el resultado de los hechos de Uribana debe llamar a la reflexión sobre el uso de la fuerza, especialmente cuando el resultado es la pérdida de vidas humanas.

“El que estén privados de libertad no justifica las acciones de violencia, porque en nuestro ordenamiento jurídico no se establece la pena de muerte y eso es lo que se está dando en la práctica, el exterminio interno de la población reclusa por los mismos internos y ahora en las acciones del Ministerio del Servicio Penitenciario”.

Teniendo las acciones del Ejecutivo nacional como marco el Plan de Humanización de las cárceles, Sánchez considera que la iniciativa ha sido un fracaso, ya que cuando hay muertes y se maltratan y vulneran los derechos humanos, no puede exponerse un concepto como la “humanización”.

Represión no es ayuda

Asimismo, Sánchez recuerda que existe un marco legal donde se establece el tratamiento que debe darse a la población penitenciaria (donde incluso se tienen Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos), ante la incapacidad que considera tienen los efectivos de los cuerpos de seguridad para resguardar o cuidar a los presos, debido a que la formación militar es netamente represiva y las leyes más bien piden que sean educadores.

“Para lograr el cambio establecido en la ley para que quienes ingresan con problemas de conducta en las cárceles salgan distintos, es necesario un cambio verdadero del sistema. Es muy fácil decir que esto se heredó de la cuarta república, pero hay que ver donde están las soluciones ¿Es que algo que se reciba malo tiene que ser entregado peor?”, inquiere Sánchez.

Mientras que la ministra de Servicios Penitenciarios, Iris Varela, lidera las acciones de toma de control de los penales, la abogada recuerda que en la actualidad la población carcelaria va en aumento y hoy se encuentra en aproximadamente 48 mil presos. Una condición que indica la gravedad de la situación en materias como la seguridad y la impunidad.

“Es más fácil dejar a un ciudadano preso mientras se averigua, y después ya veremos. Eso es consecuencia de todas las reformas que ha sufrido nuestro ordenamiento jurídico, bien sea el Código Orgánico Procesal Penal, una herramienta novedosa para la cual evidentemente no estábamos preparados”.

Fotos: Archivo

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