El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó en la Gaceta Oficial N 40.075 una resolución en la cual prohíbe a las instituciones financieras limitar a los usuarios el saldo máximo que puede tener en su cuenta de ahorro.
La Gaceta destaca frases como «Se prohíbe a las instituciones bancarias condicionar, limitar o restringir a un saldo máximo los haberes en cuenta de depósito de ahorro que reciban, así como emplear cualquier práctica o procedimiento que implique la transferencia de la tenencia de una cuenta de ahorro a otra no remunerada, como mecanismo para evitar el pago de la tasa de interés pasiva correspondiente (…)».
Las instituciones que no cumplan con la resolución serán sancionados administrativamente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Ley del Banco Central de Venezuela.
Foto archivo