El Tribunal Supremo de Justicia anunció que procesará la demanda presentada porla Sociedad CivilRed de Padres y Representantes contrala Resolución N° 058 del Ministerio de Educación, que establece, entre otras cosas, la intervención de los consejos comunales en la toma de decisiones de los centros educativos.
Así lo establece la decisión publicada este viernes, según la cual el Juzgado de Sustanciación dela Sala PolíticoAdministrativa admitió la acción de nulidad que fuera consignada el pasado 11 de noviembre por Lila Vega y el abogado Pedro Rangel.
De acuerdo con esa instancia del TSJ, la revisión de la solicitud determinó que en la acción judicial no se encuentran presentes las causales de inadmisibilidad. En virtud de ello, se activó el mecanismo que comienza con la notificación a las instituciones involucradas, incluyendo a la titular del Ministerio de Educación.
A esta última, el Juzgado acordó solicitar los antecedentes correspondientes relacionados con el juicio.
En relación con la medida cautelar de suspensión de efectos que interpusola Redde Padres junto con el recurso de nulidad, “no corresponde al Juzgado de Sustanciación el pronunciamiento al respecto”, afirmó esta instancia.
La disposición impugnada fue dictada el pasado 16 de octubre, segúnla Gaceta OficialN° 40.029, por la ministra Mariam Hanson. Desde el mismo momento de su publicación levantó polémica gracias entre la sociedad organizada de padres, debido a su carácter inconsulto y unipersonal.
Este fue el argumento principal de los accionantes al acudir al máximo tribunal.
“Esa resolución que ha dictado el Ministerio no cumplió con el requisito obligatorio de consulta previa a todas las entidades involucradas, para que efectuaran sus observaciones.La Ley Orgánicadela Administración Públicaseñala que las normas que no hayan cumplido con el procedimiento de consulta pública son absolutamente nulas”, explicó el abogado Pedro Rangel al momento de consignar la solicitud de nulidad.
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