Del 14 al 17 de diciembre estará prohibida la venta y comercialización de fuegos artificiales en el país, informó este jueves el ministro de Relaciones Interiores y Justicia, Nestor Reverol.
La medida corresponde a una resolución interministerial, entre las carteras de Interiores y Justicia y Defensa a través del Comando Estratégico Operacional (CEO), que será publicada en Gaceta Oficial en su debido momento.
Reverol señaló que el cumplimiento de dicha resolución estará a cargo de funcionarios del CEO y del Plan República.
Al respecto, el Ministerio para Relaciones Interiores y Justicia definió y clasificó cuáles serán los artículos pirotécnicos permitidos y no permitidos para la venta durante la temporada decembrina de este año.
Entre los permitidos se encuentran: volcanes, color thunder king, libélulas, rabo de cochino, triangulitos, cono, luz de vengala, humo mágico, cinta loca, huevo de dragón, trompito luminoso, mini fosforito, disco boom, martillo volador, bolas de humo, matraquita y bombeadores.
De los no permitidos, especificó: cohetes, cohetes artesanales, morteros, mata suegra, mortero 3 efectos, salta perico, recámara, piedra, premium cracker, mortero 3″, súper king kong, papá pinocho con nariz, antorcha de mano, la vela, papá pinocho sin nariz, pinocho con nariz y lengua de suegra.
El pasado 14 de noviembre, fue anunciado un dispositivo para la venta de este tipo de artículos, el cual incluye la habilitación de dos centros de venta en Caracas: El Poliedrito y en un sector de la Universidad Santa María.
En estos espacios se deben cumplir reglas como que los mayoristas no pueden tener más de 400 kilos de artículos pirotécnicos en exhibición y los minoristas no más de 50 kilos.
En todas las alcaldías del país se habilitarán lugares especiales -previa inspección de los bomberos- para la venta, los que deben cumplir con requisitos tales como estar ubicados a 400 metros de hospitales o instituciones educativas.