Miembros de la Red de Padres y Representantes de Caracas se dirigieron al Tribunal Supremo de Justicia para impugnar la Resolución 058 emitida por el Ministerio de Educación, que restringe el poder de los padres en las decisiones que se tomen dentro del sistema escolar.
Específicamente, recurrieron a la Sala Político-Administrativa para solicitar la nulidad del acto administrativo, alegando que el mismo fue impuesto de manera inconsulta y unipersonal.
“Esa resolución que ha dictado el Ministerio no cumplió con el requisito obligatorio de consulta previa a todas las entidades involucradas, para que efectuaran sus observaciones. La Ley Orgánica de la Administración Pública señala que las normas que no hayan cumplido con el procedimiento de consulta pública son absolutamente nulas”, explicó el abogado Pedro Rangel, asesor legal de los accionantes.
En este sentido, los artículos contravenidos son el 139 y 140 del citado instrumento legal.
La acción judicial fue interpuesta de manera abierta, para que todos las personas que se sientan afectadas por la resolución inconsulta puedan adherirse y unir su voz de manera colectiva.
“Una vez introducido este recurso tendrá un proceso administrativo inicial y una vez que tengamos esto las personas tienen la posibilidad de adherirse a la acción judicial, por lo que tenemos disponible canales de comunicación para recibir los planteamientos”, manifestó, por su parte, la representante de la Red de Padres, Lila Vega.
A través del correo electrónico [email protected], y la cuenta de Twitter @lareddepadres, los interesados pueden descargar un cuestionario que se pone a la disposición de las comunidades organizadas.
“Es un formato que puede ser utilizado y discutido por cada una de las sociedades de padres existentes en el país para plantear la posibilidad en sus comunidades de adherirse a esa solicitud. Es una manera de garantizar la participación de todos los padres”, expresó Vega.
De acuerdo con la percepción de la organización que ha venido denunciando el impacto de la Resolución 058, esta es ilegítima de origen, ya que viola derechos fundamentales establecidos en la Constitución.
“Nuestra primera reacción es que nuestra Carta Magna nos garantiza el derecho a participar y a decidir en los asuntos de interés público. Al ser inconsulta pierde legitimidad”, resaltó la accionante.
El acto publicado en la Gaceta Oficial N° 40.029, del 16 de octubre, establece la figura de los Consejos Educativos, que sustituyen a las comunidades educativas que venían funcionando hasta ahora. Estos deben registrarse en una taquilla única que funcionará en las oficinas de las Zonas Educativas, y estarán conformados por distintos comités: de madres, padres y representantes; académico, de seguridad y defensa integral; comunicación e información; ambiente, salud integral y alimentación; de educación física y cultura; de infraestructura; de estudiantes y de contraloría social.También se establece que los CE tendrán potestad para modificar los programas y pensa de estudios, y se instalarán en los centros educativos de educación inicial hasta educación media y técnica, y en todas las modalidades del sistema.