Henrique Capriles Radonski como presidente de Venezuela retiraría inmediatamente la denuncia que hizo el presidente Chávez de la Convención Americana sobre Derecho Humanos que conduciría a nuestro país a salir de la Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y finalmente estar fuera de la OEA. Para ser efectiva esta denuncia habrá que esperar un año luego de su formalización. Capriles ha insistido a diferencia del presidente Chávez en la necesaria observación internacional y en el Principio de Injerencia cuando se trata de relación de Derechos Humanos por tener carácter supranacional y porque la constitución venezolana así lo consagra, ha firmado la pertenencia a todas las instancias internacionales de carácter regional y mundial no solo en materia de Derechos, sino también en la aplicación del Derecho Internacional Humanitario y sus sanciones en tribunales especiales como la Corte Penal Internacional.
Nadie en América Latina acompañará al presidente Chávez en el retiro del Tribunal y de la Comisión Interamericana y estamos seguros que los venezolanos el próximo 10 de septiembre de 2013 encontraremos a Venezuela junto a los 25 Estados miembros de la región aceptando, tanto la función de la Comisión, como la jurisdicción de la Corte. Como lo señalará el Secretario General de la OEA al lamentar la decisión del actual gobierno, la normativa de la cual quiere sustraerse el presidente Chávez es «uno de los pilares de la normativa legal que ampara la defensa de los Derechos Humanos en el continente». Es absurdo, cuando el señor presidente sale garante de las negociaciones para la paz en Colombia entre el Gobierno y las FARC donde uno de los aspectos fundamentales es la aplicación de los Derechos Humanos en ese conflicto y especialmente el Derecho Internacional Humanitario con sus instancias jurisdiccionales, que intente retirarse de uno de los más importantes mecanismos en esta materia.
Quienes han estado vinculados al mundo del derecho, a la diplomacia, a la docencia universitaria y al ejercicio parlamentario como es nuestro caso, nunca dejarían de reprochar y condenar la actitud gubernamental cuando se pretende negar el valor que tiene el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. En el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ésta interpreta y aplica la Convención Interamericana y otros instrumentos jurídicos propios. Sus sentencias y resoluciones fortalecen la democracia, protegen a los individuos, informan, educan y humanizan la labor de las fuerzas armadas y la policía además de administrar justicia. Allí están los núcleos fundamentales de los derechos tantos civiles y políticos como económicos sociales y culturales.
El instrumento que hoy quiere denunciar Venezuela es la Comisión Americana de Derechos Humanos adoptada por unanimidad en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 que está en sintonía con la Carta de la OEA que en su preámbulo establece obligaciones para todos los Estados en su compromiso con la democracia en libertad y justicia, bajo el respeto de los derechos esenciales del hombre. Esta protección conduce a la responsabilidad del Estado infractor. Hasta ahora el orden jurídico interno por obligación de la carta debe asegurar la incorporación de las normas internacionales de derechos humanos a la constitución y a las leyes y los Estados están obligados a suscribir las garantías previstas en la comisión americana con la efectiva observancia de estos derechos.
La actual administración venezolana le incomoda el tener que acatar de manera obligatoria el contenido de las sentencias con la vigilancia no solo de la OEA sino de las demás naciones.
Renunciar a la Convención es desprenderse de la Convención Interamericana y de la Corte, y finalmente retirarse de todo el Sistema Interamericano. La pregunta es cómo quedaría la vigencia de otros instrumentos jurídicos vinculados al Sistema Interamericano de Derechos Humanos como el Protocolo Adicional a esta Convención de San Salvador (1988), Protocolo Relativo a la Oposición a la Pena de Muerte (1990), Convención Interamericana sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1949), la Convención para Prevenir y Sancionar la Tortura (1985), Convención sobre la Desaparición Forzada de Personas (1994), Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1994); el Acuerdo para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999).
Los venezolanos quedamos sin la necesaria protección regional en nuestros Derechos fundamentales, aunque quedamos bajo la ONU y su Consejo de Derechos Humanos que funciona en Ginebra y dentro de la competencia de los Tribunales Regionales como el Mercosur en su cláusula democrática.