La exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizados por los Órganos o Entes dela Administración PúblicaNacional, destinados exclusivamente al mantenimiento, atención de fallas, inspección y supervisión del sistema eléctrico nacional, acordó el Ejecutivo.
En efecto, a través del Decreto Presidencial N°. 9.108, publicado enla Gaceta OficialN°. 39.970 de fecha 23 de julio, los bienes importados son 200 camionetas Toyotas Land Cruiser 78 y 100 camionetas Toyotas Land Cruiser 79 Pick up.
A los fines del disfrute de la exoneración prevista en el Decreto, los beneficiarios al momento de registrar su declaración, deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera, la relación descriptiva de los bienes a importar y la factura comercial emitida a nombre del Órgano o Ente dela Administración PúblicaNacional, según sea el caso, encargado de la adquisición de los bienes señalados en el Decreto.
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