TSJ: Reforma del Copp cumple con los parámetros para calificarla como orgánica y constitucional

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La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, ofreció una rueda de prensa en el marco de la celebración del Primer Congreso de Derecho Penal, que inició el pasado jueves.

En tal sentido, refirió que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé la posibilidad de que el Presidente, autorizado por el artículo 203, dicte decretos, leyes y adelante decisiones en algunas materias.

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Dijo que no escapa del conocimiento de los venezolanos que el antiguo Copp tenía en algunos artículos ciertas consecuencias que traían rémoras al Poder Judicial.

Por tal razón, “se ha querido corregir, ante la inminente urgencia que tiene el pueblo venezolano en materia penal”, este documento legal.

Asimismo, señaló que luego de la evaluación de la Sala Constitucional del TSJ, esta reforma del Copp es amplía y cumple con los parámetros para calificarla como orgánica y constitucional.

Destacó que el Copp es una Ley que trata de solventar algunos problemas dentro de los procesos penales.

“El resto de los asuntos como sí no hay información o si se puede ejecutar dos audiencias a la vez, se tratan más de la administración judicial”.

La presidenta del Poder Judicial afirmó que “su obligación es informar certeramente lo que está regulando el Copp en su reforma“.

Beneficios del Copp

En este orden de ideas, aseveró que con la modificación a la ley se trata de evitar la impunidad. Agregó que la misma busca impedir que una persona cometa más de un delito y solo se le tome en consideración uno de ellos, mientras los demás quedan impunes.

En referencia a la eliminación de la figura de la escabinos, Morales indicó que es mucho más efectiva la participación del pueblo por parte de los consejos comunales en actos judiciales.

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