Como resultado de la reunión de dos horas que sostuvo con el presidente del Consejo Legislativo, ingeniero Orlando Miranda y el asesor de éste, ingeniero Nelson Torcate, el gobernador Henri Falcón emitió una resolución, mediante la cual se establecen los lineamientos para el funcionamiento del Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del estado Lara, del cual es su presidente.
Dicha disposición está compuesta de ocho artículos, el primero de los cuales precisa el número mínimo de asistentes para el quórum, cuya constitución se podráhacer con la participación de 27 más uno.
En este orden de ideas, el segundo artículo, precisa el total de los integrantes del organismo: 57 funcionarios.
Además del gobernador estaráconformado por los 9 alcaldes, los directores de los ministerios de Salud, Ambiente, Transporte y Comunicaciones, Obras Públicas y Vivienda, Educación, Comercio, Trabajo, Defensa, Mujer, Cultura, Deporte, Agricultura y Tierras y Comunas.
Del mismo modo intervendrán tres diputados de la Asamblea Nacional, cinco del Consejo Legislativo, los 9 presidentes de los concejos, los 9 consejeros comunales de igual número de municipios y los 8 representantes de losmovimientos de Mujeres, Campesinos y Campesinas, Trabajadores y Trabajadoras, Jóvenes, Intelectuales, Cultores y Cultoras, Deportistas y Comunidades Indígenas.
Destacó el mandatario la elaboración de una ficha técnica que, según el artículo tercero de la resolución, deberá contener un resumen general de los proyectos de inversión que serán presentados por los órganos y organismos del Ejecutivo del estado Lara, para la consideración y aprobación de sus miembros. La entrega de este documento corresponderá a la secretaría ejecutiva del Consejo, cuyo titular es el ingeniero Pedro Elías Figueroa.
Aunque la potestad de presentar los proyectos es del gobernador del estado, Henri Falcón declaró que convino con Miranda en que los alcaldes podrá también hacerlo.
Se abre un espacio, expuso. Esos proyectos de inversión enmarcados en el ámbito de competencias del Ejecutivo Regional, serán revisados, evaluados y valorados por el gobernador.
Y será elaborada, dice el artículo quinto, un acta de cada uno de los puntos debatidos y aprobados en las sesiones ordinarias y extraordinarias válidamente instaladas.
Los artículos 6, 7 y 8 señalan que este reglamento tendrá vigencia temporal, reitera que tal disposición se corresponde con lo publicado en la Gaceta Oficial del estado Lara Nro. 6.140 de fecha primero de junio del año 2006 y su entrada en vigencia será a partir de la publicación en la Gaceta Oficial del estado.
Por otra parte, para el mandatario no constituye un mandato del Poder Legislativo la destitución de directores del Ejecutivo Regional, sino un exhorto.
Foto: Billy Castro