En la sesión ordinaria de este martes, está prevista la desgnación del representante del Parlamento que integrará el Consejo de Estado, órgano superior de consulta que se encargará de recomendar al presidente dela República HugoChávez, sobre los asuntos referentes a las políticas de interés nacional.
Esta designación se realizará de conformidad con el artículo 252 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual determina que el Consejo de Estado lo preside el Vicepresidente Ejecutivo y estará conformado por un o una representante designado porla Asamblea Nacional, un o una representante del Tribunal Supremo de Justicia y una Gobernadora o Gobernador elegido por el conjunto de mandatarios estadales.
De esta forma, el Parlamento venezolano designará al integrante del Consejo de Estado, de conformidad con el artículo 5 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Consejo de Estado y el artículo 130 del Reglamento Interior y de Debates dela Asamblea Nacional, el cual cita lo siguiente: «Un diputado o diputada representará ala Asamblea Nacionalante el Consejo de Estado. Dicha representación se elegirá al comienzo de cada período anual, en fecha acordada porla Asamblea Nacionaldentro de los siete días continuos siguientes a su instalación, y mediante votación realizada en la forma que establece el artículo 8 de este Reglamento, en cuanto sea aplicable. Quien represente ala Asamblea Nacionalante el Consejo de Estado rendirá cuenta a aquélla de sus actos, e informará oportunamente de todo cuanto acontezca en el seno del Consejo. Así mismo se obliga a coordinar conla Junta Directivadela Asamblea Nacional, los términos en que ejerza dicha representación».
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