Lo que se ha hecho por mejorar las indemnizaciones al momento de cesar la relación laboral ha impedido alcanzar un buen salario, lo cual es fundamental en Venezuela, donde las luchas no deberían ser por el mantenimiento de los precios de los bienes y servicios, sino porque los ingresos del trabajador sean suficientes para cubrirlos.
Así lo sostiene el poeta y periodista Luis Manuel Escalante, autor del Método Suma y Sigue que fue acogido porla Comisión Tripartitade 1997 para la reforma que se hizo al sistema de cálculo de las prestaciones sociales, y que la última reforma ala LOT, promulgada por el presidente Hugo Chávez el lunes 30 de abril, la mantienen, pero con elementos que desmejoran al trabajador.
En los años 90, lo que estaba planteado era cambiar las prestaciones por fondos de retiro y Escalante demostró que «el problema no eran las prestaciones, sino su forma de calcularlas» y presentó un método que las preservaba sin que las mismas afectaran ejercicios pasados de las fuentes empleadoras.
El referido mecanismo planteó la creación de un fideicomiso en la banca para cada trabajador, en el cual se le depositaría mensualmente un doceavo de sus indemnizaciones anuales, que para entonces eran de 30 días por año de servicio. Cuando después de muchas discusiones y revisión de más de catorce propuestas, la tripartita la acogió, el sector sindical planteó que en lugar de 2,5 días de salarios mensuales, fueron cinco, con lo cual las prestaciones pasaron a ser dobles sin necesidad de un despido injustificado. Al ver que los empleadores aceptaron la sugerencia pidieron que ese monto se elevara a dos días más por años de servicios, lo cual también fue acogido, a lo que se le agregó el pago doble hasta un monto determinado, por despidos injustificado, todo lo cual encareció la liquidación y persistió la dificultad para alcanzar un salario real.
Todos esos acuerdos alcanzados en 1997 se mantienen en la nueva Ley del Trabajo, pero en lugar de cinco días mensuales, el depósito ahora será de 15 días trimestrales, con lo cual el trabajador se desmejora al dejar de ganar intereses progresivos por ese tiempo.
Como una novedad establecen en los artículos 141 y 142 que esos depósitos son anticipos de pagos de prestaciones y que éstas se calcularán como antes: multiplicando el último salario por los años de servicio y se agregará el diferencial. No obstante esa multiplicación que se hará con base en 30 días de salario por cada año podrá ser inferior a la sumatoria de dos y hasta de tres meses por cada año en la fuente laboral.
Ante esa posibilidad la nueva ley establece que se le pagará al trabajador el monto que le resulte más beneficioso, con lo cual queda demostrado, según el autor del anterior sistema de cálculos, que la «tal vuelta a la retroactividad es una falacia».
Foto: Archivo