Planteamientos: Universitarios discapacitados

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 Alguien hizo un círculo para dejarme fuera,
yo hice uno más grande para incluirlos a todos.

(Nativo americano desconocido).

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El tema, como muchos otros que durante décadas atrás permanecieron invisibles, comienza a cobrar vigencia ya entrado el siglo XXI, sin que los avances alcanzados se correspondan con el debate, las convenciones y los acuerdos que se refrendan en el ámbito mundial, los cuales, en la práctica no pasan de su incorporación a las leyes y normativas nacionales.

Según la Organización Mundial de la Salud, OMS. (2005), en América Latina existe un número de personas tal que integran el sector más grande e históricamente excluido y alcanza la cifra de más 90 millones de personas; y en el caso venezolano, según datos del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS. 2005), de las 27 millones de personas que habitan en el país, el 1,5 millones son personas con algún tipo de discapacidad. Estas personas no reciben el trato y la atención adecuada de la cual son merecedoras para desempeñarse con dignidad y ser útiles a la sociedad.

El caso de las instituciones de educación superior, IES, es patético. El discurso de la transformación universitaria no termina de encontrar asidero en medidas de concreción que visibilicen resultados y muestren algunos indicios de que algo está realmente cambiando o, por lo menos, en la medida que la vertiginosidad y el ritmo, en todos los órdenes, marca el rumbo de los mismos.

En el contexto de la Unión Europa se reconocen estos derechos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (1950), y diez años después, en 1960, la Conferencia General de la UNESCO fijará el convenio referido a la lucha contra la discriminación en la educación. Igualmente, en 1994, por intermedio de la Declaración de Salamanca, se proclama la «escuelas para todos», a partir de un enfoque tanto para las personas con discapacidad como para la totalidad de los estudiantes, con base en los valores y posturas de no discriminación, de convivencia en la diversidad, de respeto tanto a la dignidad como a las diferencias de todos los seres humanos.

Se acentúa, así, el marco jurídico con referencia específica al caso de los discapacitados a la luz del cambio de paradigma de una visión médico-asistencialista, a una visión social que amplía y complementa la anterior. Comienza a hablarse de una educación inclusiva y, en el caso de las IES, de un modelo inclusivo para la atención de personas discapacitadas.

Se plantea que una universidad es más inclusiva en la medida en que se hace cargo de la diversidad de su alumnado, de manera de asegurar que el sistema favorezca el aprendizaje de todos. Un sistema inclusivo, por otra parte, no considera a la diversidad como un obstáculo o problema, sino como una realidad que complejiza y a la vez enriquece el proceso enseñanza-aprendizaje. (Lissis y otros, dixit).

Las estructuras universitarias, en lo físico, lo curricular, lo tecnológico, por decir lo menos, no se han adaptado a los requerimientos de ese modelo inclusivo, si no lo que es más grave, permanece en ellas, en buena parte intacta, una mentalidad nada proclive a acceder al ingreso de personas discapacitadas como profesores, empleados, obreros y estudiantes. Se constituye así, el verdadero anclaje de resistencia al cambio.

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