Con un capital inicial de 10.000 bolívares, y mediante el Decreto N° 8.818 de la Presidencia de la República, el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (Inder) creará bajo la figura de sociedad anónima, la «Empresa Integral de Producción Agraria Socialista Valle de Quibor, S.A.».
De acuerdo con la disposición, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.872 de fecha 28 de febrero, esta empresa tendrá como objeto la implementación de planes estratégicos para la efectiva operatividad y mantenimiento del sistema de riego, consolidando la producción de hortalizas; así como, dictar las medidas de orden estructural y administrativas que serán necesarias para alcanzar los niveles estratégicos de suministro, uso y rendimiento de la producción para la justa satisfacción de las necesidades de la población en el área de influencia.
Cumplirá su objeto social en estricto acatamiento y correspondencia con los lineamiento, políticas y planes que dicte el Ejecutivo Nacional; así como, en cumplimiento de los lineamientos que dicte la Comisión Central de Planificación y su órgano de adscripción.
El domicilio de la empresa, será la ciudad de Quibor, Municipio Jiménez del estado Lara. No obstante, en cumplimiento de su objetivo social y económico, previa autorización de la Asamblea General de Accionistas y aprobación del Presidenta o Presidenta del órgano de adscripción, con apego a la ley, y en correspondencia con las políticas públicas dirigidas a la construcción del modelo socioeconómico, la empresa podrá: Crear sucursales, oficinas, y empresas filiales en Sociedad con personas jurídicas nacionales o extranjeras, de carácter público, social, privado o mixto, dentro y fuera del territorio Nacional, así como participar en la creación de Consorcios y/o empresas transnacionales, dentro o fuera del territorio nacional, en sociedad con personas jurídicas extranjeras, de carácter público, social, privado o mixto, pertenecientes a pueblos y naciones del Sur, particularmente aquellos que conforman el ALBA.
El capital social de la empresa será suscrito y pagado en su totalidad por el Instituto Nacional de Desarrollo Rural, y su monto será de Bs. 10.000, representado en 10.000 acciones nominativas, no convertibles al portador, cuyo valor nominal será de 1,0 bolívar sin céntimos.
La Asamblea de Accionistas, será la suprema autoridad de la Sociedad Anónima, y su administración y dirección estará a cargo de una Junta Directiva integrada por el Presidente o Presidenta de la Sociedad, el Vicepresidente o Vicepresidenta y un Director o Directora Administrativo.
El Ministro para la Agricultura y Tierras queda encargado de la ejecución del presente decreto.
Una empresa socialista asumirá desarrollo del Valle de Quíbor
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