Hoy fue publicado en Gaceta Oficial, número 40.865, las nuevas normas que regirán la administración de divisas, según el convenio cambiario número 35, realizado por el Banco Central de Venezuela.
Una de las pautas acordadas por la entidad, el pasado miércoles, fue que el cupo anual para los viajeros quedó en 3.000 dólares, a una tasa flotante que iniciará a partir de los 200 bolívares.
En el caso de los importadores de alimentos, medicinas, y demás productos básicos, junto con las divisas para las estudiantes que están en el exterior, quedó a una “protegida” que tiene un valor de 10 bolívares por cada dólar.