Sin tregua Fascista en el parlamento…

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He aquí el caso del gorila Cuasimodo/a quien le gusta interpretar, la Constitución a su modo/. Primate arrogante que cada vez, /la pobre Constitución, interpreta al revés/.El susodicho simio, ignorante al extremo/quizás llegue a Magistrado, del Tribunal Supremo/. Versos tomados de una arrugada página de cuaderno, dejada por algún estudiante larense mientras era perseguido por esbirros de este miserable régimen militarista. Poesía de la resistencia, fulminante, sencilla, eclosionando entre tanquetas, perdigones y gas del “güeno”, trasmutada en arma de combate contra la nueva maniobra del gorila, padre del “fascismo a la venezolana”: Diosdado Cabello, y su jauría, mediante la cual pretenden despojar de su condición a la diputada María Corina Machado. Una zancadilla infame, inoculada de odio hacia quienes no piensan como el susodicho gorila – en el supuesto de que estos primates piensen, digo -. Un personaje de Humberto Eco, afirma la existencia de unas criaturas de mundos desconocidos, los cinocéfalos, que mientras hablan, se interrumpen constantemente para ladrar. Sobre poco más o menos, juraría uno, es lo que el cinocéfalo Diosdado, consumido de odio, cree tener en su coso parlamentario.
Dijo el mentado padre del “fascismo endógeno”, a quien le da dentera y se le excitan las glándulas salivares cada vez que mira la banda presidencial, que la diputada aceptó un “nombramiento” del Gobierno de Panamá, violando así los artículos 149 y 191 Constitucionales. ¡Na’ guará, Juez y verdugo¡ ¿Más verdugo que Juez? Vaya usted a saber. Pero se peló el fascista. La combativa diputada no violó el artículo 149 Constitucional, pues esa norma no le es aplicable, ya que aparece consagrada en la Sección de nuestro Texto Fundamental denominada “La Función Pública”, de cuyo artículo inicial, el 144, se deduce que esas disposiciones rigen solamente a los funcionarios sometidos a la Ley del Estatuto de la Función Pública. Y como esta valiente mujer es diputada, su actividad está regulada por expresos postulados constitucionales, y no por la citada Ley, por lo que se cae de “maduro” el engorilado argumento, y quien lo planteó, o se fumó el resto de la lumpia que, según Aristóbulo, ya se había fumado el cuate aquel, o, debido a que en Venezuela ya no existe separación de poderes, confunde la administración pública con el poder legislativo, y eso le lleva a creer que los diputados de las fuerzas democráticas son funcionarios de su “libre elección y remoción”.
Otro tanto ocurre con la cantaleta sobre el artículo 191 Constitucional, norma en la que se señala que los diputados o diputadas no pueden aceptar o ejercer cargos públicos, sin perder su investidura, salvo las excepciones que ella prevé. Resulta que la diputada Machado no ha aceptado cargo público alguno que le impida ejercer a plenitud su condición de tal, por lo que no existe violación alguna de la citada norma. Pasa que el pequeño reyezuelo de la grisácea asamblea nacional, se niega a entender que, para desgracia suya, Venezuela está sufriendo los estremecimientos que presagian el advenimiento de tiempos mejores. Ya decía Antonio Machado, el poeta español:”Es propio de hombres de mentes estrechas, embestir contra todo aquello que no les cabe en la cabeza”. Machado tenía que ser…

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