Salario mínimo desconoce exigencia de pensionados

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Un aguinaldo que sigue sin alcanzar. La época decembrina, por costumbre, es el periodo del año durante el cual las personas realizan considerables gastos, el dinero alcanza poco y cada vez se compra menos.

Si bien es cierto que la situación económica afecta a todos por igual, son las personas que devengan sueldo mínimo quienes se ven más imposibilitados con el famoso aguinaldo.

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Hace días el presidente Nicolás Maduro anunció un aumento del salario mínimo del 15%, el cual entrará en vigencia en diciembre y también alcanzará a pensionados y jubilados. Con el ajuste, llega a Bs. 4.889,54.
La persona percibirá entonces un aumento de Bs. 637 en función del sueldo anterior. Esto luego de tres incrementos en el año, que suman un 55% de aumento.

Pero, ¿será este monto base de cálculo para los aguinaldos?. Esta es la pregunta que se realizan trabajadores de la empresa pública y privada, jubilados y pensionados.

De acuerdo al tipo de patrono la regla varía, lo cierto es que para muchos venezolanos el sueldo mínimo y el aguinaldo se siguen quedando cortos ante el alto costo de la vida.

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El pago de utilidades no forma parte de negociación alguna.

Así lo precisó el abogado especialista en Derecho Laboral, Domingo Salgado, quien realizó una diferenciación entre el pago de utilidades o aguinaldos entre trabajadores de entidades públicas y empresas privadas.

Detalló que en el caso de las empresas privadas este monto de “utilidades” debe calcularse sobre la fórmula de reparto del 15% de las utilidades netas gravables, aplicando una fórmula aritmética que supone el salario promedio durante el ejercicio económico, por lo cual incidiría proporcionalmente el referido incremento, aunque este sea aplicable al mes de diciembre.

Ante lo inesperado del aumento, refirió que por medidas preventivas, y bienestar laboral de sus empleados, las empresas deberían mantener un pago por encima del salario mínimo, a fin de que estos decretos no afecten exponencialmente la economía de la empresa; el aumento no debería alcanzar al trabajador de menor sueldo.

Al consultarle si el patrono puede acordar con los trabajadores un pago posterior del diferencial generado en aguinaldos, señaló que tal medida es ilegal y por tanto no procedente, ya que sería desmejora o suspensión de un beneficio laboral.

Asimismo, refirió que en el caso de los trabajadores dependientes de la administración pública y pensionados se maneja el supuesto de que dichas decisiones son planificadas y proyectadas. Precisó que, a diferencia del ente privado, este cálculo no parte de una utilidad devengada, sino del número de días multiplicado por el monto del salario, que para la fecha sería de Bs. 4.889,54.

En materia de administración pública no se pueden realizar modificaciones presupuestarias, sin que sean aprobadas por el Ejecutivo, de allí que de existir previsión de pago de aguinaldo con salario antiguo (vigente hasta el 30 de noviembre) se requerirá de un decreto que estipule una nueva base de cálculo, es decir, el monto que entraría en vigencia el 1º de diciembre.

En todo caso, deberán realizarse los respectivos ajustes.

Para que un aumento de este tipo no genere frustraciones ni desequilibrios económicos debería generarse en función del método tripartito (gobierno, patrono y trabajador), enfatizó Salgado.

A juicio de Edgar Silva, coordinador nacional del Comité de los Derechos Humanos para la Defensa de los Pensionados, Jubilados, Adultos Mayores y Personas con Discapacidad, el referido incremento resulta “pírrico” e insuficiente.

Considera dicho ajuste como “la demostración del tratamiento desigual que comete el Gobierno, al aumentar 45% al sector militar y sólo 15% a los civiles.

Tampoco apoya la explicación del Presidente, quien señala que el aumento anual está por encima del índice inflacionario del 2014 (cercano al 60%). Recordó que en Venezuela se manejan más de cinco precios del dólar, por lo cual el Gobierno estaría calculando un aumento a Bs. 6,30 por dólar, pero el pensionado y los venezolanos en general, estarían sufragando gastos con un dólar calculado a 50 y hasta 100 bolívares por dólar.

Recordó que según lo establece el artículo 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la pensión está directamente vinculada al monto por sueldo mínimo y aunque sea mínimo, dicho incremento debe sumarse al cálculo de aguinaldos de pensionados y que de no haber sido tomado en cuenta administrativamente, por su carácter inesperado, deberá ser reclamado como retroactividad.

Detalló que el Seguro Social ha explicado que realizan pagos por adelantado, es decir, que en noviembre los pensionados estarían cobrando el mes de diciembre, y por tanto una pensión con aumento presidencial. En los próximos días los pensionados podrían retirar pensión y aguinaldos con diferencial.

Sin embargo, es importante aclarar que según la Gaceta Oficial 40.526, del viernes 24 de octubre, el cálculo del bono, conocido popularmente como “aguinaldos”, se hará con base en el sueldo integral devengado al 31 de octubre. Esperan un pronunciamiento presidencial a este respecto.

Un pago de aguinaldo sin aumento representaría un monto de Bs. 12 mil 745,20. De aplicarse el diferencial sería cercano a los Bs. 14.400. Es de recordar que al 19 de noviembre, el IVSS cancelará dos meses y en diciembre el tercero.

Describió la actual situación de los pensionados y jubilados como precaria y difícil, sobre todo la de aquellos ciudadanos que no perciben un sueldo por jubilación. Recordó que el pago de pensión no es un dádiva presidencial, sino una retribución por años de trabajo a la nación. “El objetivo es permitir que la persona disfrute de condiciones de vida digna”.

En su opinión, un aumento justo de pensión, debería ser similar al 80% de la cesta básica vigente.

Gastan más de lo que perciben

Pensionados gastan su dinero en medicinas y alimento. Silva recalcó que las condiciones de vida de un pensionado europeo no son las mismas que las del venezolano quien, por ejemplo, no es dotado de medicinas para cubrir sus necesidades, tratamientos y tampoco recibe la atención médica a tiempo.

Apuntó que una importante parte del universo de pensionados en Venezuela dedica este dinero a los gastos de medicina y alimentación para el hogar, mas no en esparcimiento, como debería ser.

Recordó que el 60% de los venezolanos devengan sueldo mínimo y se requieren de cuatro y hasta cinco cifras como esta para sostener los gastos de un hogar de al menos cuatro integrantes, por lo cual los adultos mayores y jubilados aportan este dinero a los gastos del hogar.

A dicho escenario suma la crítica situación farmacéutica en el país, por la cual los pensionados y jubilados deben recorrer diversas farmacias para adquirir sus medicinas.

El delegado nacional agregó que difícilmente un pensionado cubra gastos médicos con el referido monto, ni siquiera con el aguinaldo. En los casos de enfermedades crítica no sufragan ni el 30% de sus facturas.

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