Un listado de productos declarados de primera necesidad o de consumo masivo, fue dado a conocer este lunes a través de una Resolución Conjunta de los Ministerios para la Alimentación, Agricultura y Tierras, Economía y Finanzas, para el Comercio y el Centro Nacional de Comercio Exterior.
La disposición contenida en la Gaceta Oficial N°. 40.734 de fecha 28 de agosto, que circuló este lunes, tendrá vigencia de un año.
Se incluyen las mercancías correspondientes a la subpartidas del arancel de aduanas, entre otras, aceite de soya, arroz con cáscara (Paddy), arvejas, atunes enlatados, azúcar, bovinos, café sin tostar y café molido, bovinos en canal, leche entera en polvo, leche UHT, maíz amarillo, maíz blanco y fórmulas lácteas para niños.
Los interesados deberán solicitar el Certificado de No Producción Nacional o Producción Insuficiente ante el Cencoex, anexando la información de los productos a elaborar con las mercancías a importar.