Prohibido expendio, distribución y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país durante siete días

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El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, informa según Resolución Nº 075, que queda prohibido la distribución, expendio y consumo de bebidas y especies alcohólicas en todo el territorio nacional, entre los días 06, 07, 08, 09, 10, 11 y 12 de marzo de 2013.

Esta medida fue tomada como parte de las estrategias para garantizar el resguardo de la integridad física de las personas y con el fin de mantener el orden interno y normal desenvolvimiento de los actos póstumos que se realizarán en el país, en ocasión del lamentable fallecimiento del Comandante Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías.

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Es importante resaltar que dicha Resolución, también fue dictada considerando que durante los próximos siete días de duelo nacional se espera la visita de varios líderes políticos, presidentes y otras personalidades internacionales para acompañar las exequias y los honores de Estado en este irreparable acontecimiento que conmociona al pueblo venezolano.

Por lo tanto, se insta a todos a los funcionarios de los Órganos y Entes de Seguridad Ciudadana, y demás autoridades competentes a dar cumplimiento a las disposiciones legales que prohíben el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, ya que la inobservancia de esta disposición acarreará las sanciones, por desacato a la autoridad y al ordenamiento jurídico vigente.

Igualmente, a través de la publicación se exhorta a todos los funcionarios adscritos a las Unidades Especiales de Vigilancia y Unidades Operativas de Vigilancia de Tránsito, para que hagan cumplir la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, su Reglamento, la Ley Orgánica de Drogas y demás normas aplicables en lo que respecta a los ciudadanos y ciudadanas que conduzcan unidades de transporte bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o por encima del límite máximo de velocidad establecido, que conduzcan efectuando maniobras prohibidas, o que incurran de una manera u otra en cualquiera de las infracciones y violaciones de la normativa antes indicada.

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De igual forma, los Órganos y Entes de Seguridad Ciudadana y demás autoridades competentes en los espacios terrestres, acuáticos y aéreos, aplicarán y harán cumplir las regulaciones correspondientes, a fin de coadyuvar a la protección de la ciudadanía.

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