Prohíben traslado de café hacia los estados fronterizos

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Prohibir el traslado de café verde, en pergamino y en cereza, hacia los estados fronterizos de Apure, Táchira y Zulia, establece el decreto presidencial N° 1.509, publicado en la Gaceta Oficial N°. 40.557, de fecha 8 de diciembre, que circuló este martes.

Según la nueva disposición, la Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria deberá abstenerse de emitir la guía única de movilización, seguimiento y control para los productos agrícolas de origen vegetal autorizando el traslado del café en grano con las características mencionadas, desde cualesquiera de los estados del territorio nacional hacia los estados fronterizos señalado.

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Se advierte que los productores sólo podrán comercializar sus cosechas, de manera directa y sin intermediaciones ante la Corporación Venezolana de Café, S.A., a través de los puestos de compra de sus empresas filiales, afiliadas y/o tuteladas, a saber: Empresa Nacional del Café, S.A., Café Venezuela, S.A., y Fama de América., S.A.

Entre tanto, las autoridades que autoricen o verifiquen la movilización de los rubros agrícolas indicados están en la obligación de velar por el cumplimiento de las disposiciones contempladas en el reglamento. En caso de que comprueben su incumplimiento, se retendrá el material notificando al Ministerio de Agricultura y Tierras, quedando en manos del titular de este, José Luis Berroterán, la ejecución del decreto.

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