Juristas aseguran que se usa la coerción contra profesores

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 El contrato colectivo para el sector universitario firmado por profesores socialistas es ilegal e constitucional, ya que el ministerio de Educación Superior no puede figurar como patrono porque esto viola la autonomía universitaria.

Así lo sostuvo la ex magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa Gómez, en referencia al convenio suscrito hace dos días ante el Ministerio del Trabajo, por una parcialidad del espectro de trabajadores universitarios que han expresado su simpatía con la doctrina revolucionaria.

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«Sacaron todas las cláusulas ideológicas pero dejaron que el empleador, es decir, la parte contratante, es el ministro más todas las universidades. Eso es imposible, que un ministro se sienta que es parte de un convenio y comprometa a la Universidad en ese convenio, cuando los interesados ni lo discutieron ni lo conocen, y además se los van a imponer», explicó la ex magistrada a EL IMPULSO. 

Sosa Gómez insistió en que Calzadilla no tiene las atribuciones, ni competencias, ni constitucionales, ni legales para actuar como patrono.

«Pero además, está violando la autonomía universitaria al firmar por estas instituciones. La ley que rige la gestión del ministro es la Ley de Universidades, y ésta exige que para que él pueda funcionar debe convocar al Consejo Nacional de Universidades», señaló.

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En su opinión, lo que se busca con esta intromisión es «volver a establecer normas legales en un convenio político». A partir de este escenario, indicó, los actos emanados están viciados de constitucionalidad.

Coerción judicial

Por su parte, el abogado constitucionalista José Vicente Haro se refirió a otra dimensión del conflicto universitario. Condenó, por viciada y política, la tendencia adoptada por el Poder Judicial para obligar a los gremios profesionales a culminar el paro conflictivo que mantienen desde hace un mes.

«Cualquier decisión de un tribunal de la República que pretenda ordenar a través de una sentencia a los profesores universitarios, a los representantes de los gremios y a los estudiantes, reanudar las actividades a pesar de las protestas por reivindicaciones salariales y las manifestaciones pacíficas que han estado realizando, es una violación de dos garantías fundamentales establecidas en la Constitución: la autonomía universitaria y el derecho a huelga», explicó el jurista a EL IMPULSO.

Las declaraciones hacen referencia específicamente a dos decisiones adoptadas el mes pasado por sendos despachos municipales del Área Metropolitana de Caracas que ordenaron a la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (Fapuv), exhortar a los docentes de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, UPEL, y de la Universidad Central de Venezuela reiniciar las clases.

«No pueden los tribunales de la República invadir de esta manera la autonomía universitaria», advirtió el abogado constitucionalista y también profesor de pregrado.

Así mismo, Haro recalcó que «el derecho a huelga que tienen los profesores universitarios es un derecho constitucional que además está establecido en tratados internacionales suscritos por Venezuela”.

Desacato justificado

En este sentido, el abogado constitucionalista consideró como una medida justificada y válida, la decisión de la Fapuv de no acatar la orden tribunalicia.

«Se están amparando en su derecho a la huelga y en la autonomía universitaria, y eso tiene que tenerlo muy claro el Poder Judicial», consideró.

Finalmente, Haro explicó lo que en su opinión deben ser los únicos factores que deben imperar en la resolución del conflicto universitario.

«Aquí el problema no se arregla con sentencias que ordenen de forma coercitiva reanudar actividades, esto se arregla con un diálogo abierto y sincero, y una negociación transparente, sin condiciones ni imposiciones ideológicas, donde se garantice una retribución adecuada y justa a todos los profesores universitarios».

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