Delitos de opinión, allá y aquí

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Víctor Iván es el nombre del editor del periódico Ravaya, en Sri Lanka. Él saltó a la fama gracias la lucha por lograr que la expresión, el ejercicio de este derecho, no sea considerado un crimen que implique penas de prisión. Dado que tenía, hace poco más de una década, varios casos de difamación en su contra, el periodista compartía su labor editorial con la defensa ante la justicia.

Pese al prontuario judicial que ya tenía sobre sus hombros Víctor Iván, es con sus denuncias de corrupción en el sistema ferrocarrilero que se convierte diríamos en un caso emblemático, de cómo las figuras penales de difamación e injuria pueden ser utilizadas para coartar el debate público, y no para defender el honor de respetados políticos y personajes públicos, tal como se asegura. Iván, quien había denunciado en su medio periodístico una red de corrupción en el sistema de ferrocarriles, fue demandado por difamación por el gerente de esta entidad pública. Éste personaje, según determinó posteriormente una Comisión Presidencial de Lucha Anticorrupción, tenía responsabilidades e incluso fue separado de su cargo. Empero, el juicio por difamación siguió su curso, no valieron los alegatos de defensa de la verdad (que estaba a la vista de todos), ni el interés público que había tomado el caso.

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Tras varios años, y luego de que la Corte Suprema de su país rehusó invalidar las acusaciones contra el periodista, éste en 1998 acudió ante el entonces Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.  En sus alegatos ante el Comité, el periodista precisó que el sistema judicial y político de su país, con la persistencia de la demanda, no había defendido el honor de una persona –por demás metido hasta el cuello en un caso de corrupción-, sino que la figura penal de la difamación había derivado en un mecanismo para intimidarlo, limitar su ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información y había terminado siendo una obstrucción para su periódico. El caso de Iván, al llegar a instancias internacionales, terminó impactando positivamente a la sociedad política de Sri Lanka, y así el Parlamento en 2002 revocó la validez de las leyes de difamación criminal. Sin embargo, el caso ante el Comité de Naciones Unidas siguió su curso y en 2004 se condenó al país por violar el artículo 19 del Pacto ya mencionado, y en la sentencia se critica el “efecto desalentador” que había tenido tanto en Iván como en el resto de periodistas, este proceso penal.

El caso de este periodista, como de muchos otros alrededor del mundo, salió a relucir hace algún tiempo gracias a una campaña mundial lanzada por la Federación Internacional de Periodistas (FIP), en pro de la erradicación de las figuras como la difamación e injuria del ámbito penal, para evitar que los que se consideran “delitos de opinión”, impliquen la cárcel. La Federación considera que la responsabilidad del comunicador debe estar en el propio terreno de la expresión, con una rectificación rápida y abierta, así como en la dimensión civil de la justicia. Igualmente llama la atención de que castigos económicos muy elevados pueden terminar siendo nefastos tanto para los reporteros como para los mismos medios.

En Venezuela las figuras de difamación e injuria no sólo fueron ratificadas en la reforma del Código Penal, aprobada en diciembre de 2004, sino que las penas de prisión se hicieron mayores, así como la carga pecuniaria, que puede ser hasta de 2.000 unidades tributarias en casos difamatorios. Como bien ha expresado la FIP este tipo de norma, esencialmente, busca silenciar la crítica pública a los gobiernos y a los actores políticos.

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@infocracia

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