Comisión Delegada de AN aprobó decreto de Estado de Excepción

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La Comisión Delegada de la Asamblea Nacional (AN) aprobó este martes el decreto de Estado de Excepción, enviado por el presidente Nicolás Maduro, el cual será aplicado en los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo y Rafael Urdaneta del estado Táchira, por 60 días prorrogables.

De acuerdo a lo publicado en la página web de la Asamblea Nacional, el decreto señala que en los municipios mencionados, se ha venido presentando de modo sistemático, inédito, sobrevenido y progresivo, una amenaza compleja al pleno goce y ejercicio de los derechos de los habitantes de la República, mediante la presencia de circunstancias delictivas y violentas, vinculadas al fenómeno, como el paramilitarismo, narcotráfico y el contrabando de extracción, organizado en diversas escalas.

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Estima el decreto, que a las prácticas delictivas, se han sumado los atentados cometidos contra la moneda venezolana y los bienes adquiridos con divisas de nuestro pueblo, así como el tráfico ilícito de mercancías producidas o importadas por Venezuela, afectando gravemente la vida económica de la nación.

Asimismo destaca, que es deber irrenunciable e ineludible del Estado venezolano, defender y asegurar la vida digna de ciudadanos y ciudadanas, protegerlos frente a las amenazas, haciendo efectivo el orden constitucional, el restablecimiento de la paz social, que garantice el acceso oportuno de la población a bienes y servicios básicos de primera necesidad.

Restricción de garantías

Como consecuencia de la declaratoria de Estado de Excepción, el decreto resalta, que quedan restringidas en el territorio en los municipios citados, las garantías de los derechos establecidos en los artículos, 47, 48, 50, 53, 68 y 112 de la Constitución.

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En tal sentido, primero, se establece la inspección y revisión por parte de los organismos públicos competentes del lugar de habitación, estadía o reuniones de personas naturales, domicilio de personas jurídicas, establecimientos comerciales o recintos comerciales abiertos, o no al público, siempre que se lleven a cabo actividades económicas, financieras o comerciales de cualquier índole.

Se trata de ejecutar, registros para determinar o investigar las perpetraciones de delitos o graves ilícitos administrativos contra las personas, su vida, integridad, libertad o patrimonio, así como delitos relacionados con la afección de paz, el orden público y la seguridad de la nación.

Indica la disposición, que en toda actuación o procedimiento, se respetará de forma absoluta, la dignidad e integridad física, psíquica y moral de las personas, y se respetará el debido proceso.

Requisas

También destaca el decreto, que los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo y Rafael Urdaneta, del estado Táchira, a fin de determinar la comisión de los delitos, las autoridades competentes, podrán practicar requisas a personas, de equipaje y de vehículos, dentro del más estricto respeto de las personas.

Los ministerios con competencia en la materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz y Defensa, mediante resolución conjunta, podrán establecer restricciones al tránsito de bienes y personas de los municipios afectados por los alcances del decreto.

No se permitirán reuniones públicas, que primero no hayan sido previamente autorizadas por el funcionario en quien se delega la ejecución del presente decreto. El derecho a manifestar pacíficamente sin armas, solo podrá ejercerse, previa autorización del funcionario en quien se delega, la ejecución de dicho decreto.

Los poderes públicos, los órganos de seguridad ciudadana y policía administrativa, así como la FANB, colaborarán entre sí, para desarrollar sus actividades, orientadas al logro de las medidas contenidas en el citado decreto.

En ese contexto, el presidente de la Asamblea Nacional, luego de su aprobación unánime por los diputados revolucionarios, remitió el decreto al Ejecutivo para su publicación en Gaceta Oficial de la República.

 

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