En este país: Calle ciega. Por: Ramón G. Aveledo

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Si hubiera señales de tránsito para orientar a los que gobiernan, habría que poner ahora mismo la de calle ciega. Amarilla con borde negro, para que se sepa su carácter de advertencia preventiva. Por donde vamos, no se va a ninguna parte.

Es difícil dar una opinión definitiva sobre el paquete de leyes decretadas en virtud de la habilitación. Son muchas, y de su contenido completo se conoce sólo aquello que han destacado los medios de comunicación, con énfasis optimista en los afectos al gobierno y acentos críticos en los más independientes. Pero hay datos que sirven para orientarse.

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Nuevos impuestos o incremento en las tasas de tributos ya existentes, multas, mayor fiscalización.
Veamos primero lo tributario. Se reforman las leyes de ISLR, IVA, Impuesto al Alcohol, Impuesto sobre Cigarrillos y Código Orgánico Tributario. El vicepresidente económico y ministro de Finanzas general Rodolfo Marco Torres, explica que la reforma “intenta optimizar recaudación”. El teniente (R ) José David Cabello del Seniat explicó que la tasa de 12% del IVA permanece, que la aumentada a 15% es la de adquisición de “artículos de lujo”. La conclusión periodística de la declaración de los dos altos funcionarios, la resume El Universal del jueves al titular su nota en página 1-4 “Gobierno busca más ingresos mediante reforma tributaria”.

La prioridad del gobierno es buscar más plata para cuadrar sus cuentas y seguir gastando como viene haciéndolo hasta ahora. De esto último se colige de que no ha hecho anuncio alguno en materia recortes o de austeridad y, al contrario, ha prometido reiteradamente que mantendrá diversos programas. Por ejemplo, en el presupuesto del año que viene se asigna 3.61 mil millones de bolívares para los medios y productoras de contenidos comunicacionales del gobierno. Más que lo correspondiente a la Asamblea Nacional y al CNE, en año electoral, suficiente para construir 301 escuelas. El miércoles, Marco Torres anunció la “buena noticia” de que ingresarán $ 4.000 millones a las reservas; pero poco duró la dicha, al saber que se trata de un tramo del Fondo Chino. Es decir deuda.

La cuenta es sencilla. Si el gobierno busca más plata, aumentando los impuestos, está sacando ese dinero de los contribuyentes. Tendrá más dinero el gobierno y menos la gente, porque la plata no es infinita. La gente tendrá menos dinero para invertir y menos dinero para adquirir lo que necesita. Pero también tendrá menos dinero para ahorrar. Primero porque la inflación es contraria al ahorro, porque la plata no alcanza y porque los intereses bancarios son menores a la inflación y no rinde tener la plata guardada, y segundo porque los ingresos no alcanzan.
Si el gobierno tiene más plata para el gasto público y la economía no crece, la inflación aumentará. Además, los impuestos harán subir los precios.

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Si estamos en una economía que no crece y no hay producción, habría que ponerla en movimiento promoviendo que la gente invierta. Pero si hay menos dinero disponible porque hay que pagar más impuestos, ¿cómo invierte?
Es una calle ciega.

Lo otro que se anuncia en cantidad es fiscalización, controles, multas. Uno de los propósitos declarados es el de atacar la corrupción, que todo el mundo, sea simpatizante del gobierno o de la oposición, sabe que abunda y hace mucho daño. Lo que pasa es que la multiplicación de alcabalas y regulaciones, como está comprobado, frena la economía y, al revés de las intenciones, aumenta la corrupción, sencillamente porque incrementa las oportunidades para matraquear.

Si frena la economía y promueve la corrupción, ¿no es acaso muy obvio que no funcionan?
Por ahí tampoco se va a alguna parte. Es inútil seguir por esa ruta. Es una calle ciega.

 

La Constitución

El activismo político está vedado a los jueces (art. 256 CRBV), para “garantizar la imparcialidad y la independencia en el ejercicio de sus funciones”, y deben cumplir con las condiciones de elegibilidad exigidas en el art. 263. La elección de titulares de la Fiscalía, Contraloría y Defensoría del pueblo requiere dos tercios de la Asamblea Nacional (art. 279 CRBV). Igual previsión hay para los integrantes del Consejo Nacional Electoral (art. 296 CRBV). El artículo 8 de la Ley del TSJ manda que para elegir los magistrados se requiera una mayoría similar a la de directivos del Poder Ciudadano y rectores electorales, dos terceras partes, y solo cuando ésta no se logra hacerlo por simple mayoría.

Obviamente, lo que se persigue es asegurar la independencia de esos funcionarios claves mediante una votación amplia.
La Constitución, la Constitución. Con ella nadie se pierde, sin ella nadie se salva. Decía Fermín Toro, con toda razón.

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