Brújula internacional – Turquía y Brasil: Hacia una nueva Justicia Constitucional

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Las recientes manifestaciones multitudinarias en Turquía y Brasil, responden a una nueva realidad que va másallá de la denominada Primavera Árabe, donde lo fundamental era la conquista de las libertades  y la construcción de una sociedad democrática. En Libia, Túnez, Egipto y lo que sucede en Siria, es el combate contra las dictaduras personalistas y autoritarias y por la libertad.
La llamada Primavera Turca y ahora llamada Primavera Brasileña, son procesos que se están desarrollando  en plena democracia, con elecciones libres, separación de poderes y crecimiento económico. Lo que buscan es fortalecer las democracias existentes, con una mayor participación en las grandes decisiones y enfrentar la corrupción, que sustrae recursos económicos para programas fundamentales en educación, salud, vivienda, alimentación. Se respetan las Constituciones existentes, no se trata de convocar una constituyente o de reformular estos textos fundamentales. Por eso se rechazó la solicitud de la Presidenta del Brasil Dilma Rousseff, de un Referéndum y una Asamblea Constituyente. En estos países no ha habido una quiebra Constitucional que reclame una urgente reforma del texto Constitucional. Tampoco reclaman cambios constitucionales porque se ha alterado el texto escrito, o porque haya incongruencia entre las normas constitucionales y la realidad constitucional.
En Turquía bajo el pretexto de Proteger un parque, y en Brasil por evitar el aumento de las tarifas del transporte público, los Indignados, han potenciado una rebelión colectiva para buscar una nueva forma de hacer política, másallá de los partidos políticos tradicionales y de las ideologías existentes. Manifestaciones como estas también se han visto en Madrid, Atenas, Roma, Londres, New York.Estos Indignados de todos los horizontes lo que buscan es la plenitud de la democracia y en definitiva  Justicia Constitucional.
La Justicia Constitucional defiende a la Constitución y a la constitucionalidad de las leyes, pero también vigila y controla a los gobiernos responsables de su acción política dentro de la Constitución.
En la tradición europea el control constitucional fue productos de procesos constituyentes, en el paso del Estado Liberal al Estado Democrático. Así el principio de división de poderes favorecía la superioridad del poder legislativo por su legitimidad democrática y como expresión de la voluntad popular  se le daba total reconocimiento al Parlamento por el principio de soberanía e incluso ubicando el Parlamento sobre la Constitución.El constitucionalismo europeo fue aceptando el control constitucional con un mayor control de las leyes y de las acciones del gobierno. Po eso la importancia de los Tribunales Internacionales.
De la democracia representativa, debe pasarse a la democracia participativa, en el imperativo de hacer posible la mejor vida para todos los ciudadanos, donde se respeten los principios de libertad y justicia. Esto exige un nuevo modelo de Justicia Constitucional, en donde pueda atribuírsele el control de la constitucionalidad a un órgano especial creado para tal fin. Este criterio se sustenta en que la soberanía reside en el orden jurídico delEstado.
En muchos países el control de la constitucionalidad se ha politizado y puesto al servicio de los gobiernos quienes interpretan y aplican la Constitución en función de sus intereses. Es el caso de Venezuela, donde no hay un tribunal especial único para el control constitucional, dentro de los criterios de selectividad, independencia, capacidad y apoliticidad. Tampoco existe la facilidad de acudir ante este tribunal por vía de acción. Debe dejarse de lado la tesis de algunos Estados donde el sistema de control constitucional se concentra en Salas Constitucionales,dentro del Tribunal Supremo.Seríamás conveniente el Sistema Español de un Tribunal Constitucional Independiente,como interprete supremo de la Constitución, separado de los demás órganos constitucionales y sometido solo a la Constitución y a la Ley Orgánica que lo regula.Este Tribunal participa en la formación de la voluntad estatal con una posición de supremacía y con total independencia.El Tribunal Constitucional está situado fuera del Tribunal Judicial pero es un órgano jurisdiccional integrado por jueces con procedimientos jurisdiccionales y con decisiones en forma de sentencias.
La Justicia Constitucional es la nueva exigencia de quienes creen que puede perfeccionarse la democracia, donde la justicia es condición esencial para el ejercicio de la libertad, en diferentes Estados ya es una realidad la independencia y la autonomía de los Tribunales Constitucionales. En Venezuela hay que continuar en la búsqueda de esa Justicia Constitucional y de la creación del necesario Tribunal Constitucional.
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