Las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, para adquisición de vehículos bajo la modalidad Cuota Balón, para operaciones con Tarjetas de Crédito y para operaciones crediticias destinadas al sector Turismo, fueron fijadas por el Banco Central de Venezuela en aviso oficial publicado en la Gaceta Oficial N° 40.267 de fecha 8 de octubre.
Las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo quedan establecidas en 15,76%.
En cuanto a las tasas de los créditos vigentes destinados a la adquisición de vehículos otorgados mediante contrato de venta con reserva de dominio y mediante la modalidad «cuota balón», fue fijada por el instituto emisor en 15, 76%.
El BCV también mantuvo en 29% y 17% las tasas de interés activa máxima y mínima anual, respectivamente, a ser aplicadas por las instituciones que se rigen por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales.
Las instituciones que se rigen por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales podrán cobrar como máximo 3% anual por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de octubre de 2013.
La tasa de interés activa máxima preferencial a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto de Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales a las operaciones crediticias destinadas al sector turismo, que regirá el mes de octubre de 2013 será de 9,47%, según la información contenida en la Gaceta Oficial.